Qué significa realmente el retraso y qué obligaciones siguen teniendo pymes y autónomos
El Gobierno ha confirmado el aplazamiento del sistema Veri*Factu, el futuro estándar de facturación digital promovido por Hacienda. La noticia ha generado un suspiro de alivio… y, al mismo tiempo, un océano de confusiones: ¿Sigue siendo obligatorio un software antifraude? ¿La declaración responsable desaparece? ¿Puedo continuar como estoy hasta 2027? En este artículo aclaramos, sin tecnicismos absurdos, qué cambia y qué no cambia.
Lo que dice realmente el anuncio del aplazamiento
El presidente del Gobierno anunció este martes que el sistema Veri*Factu —el estándar que regulará los formatos y requisitos técnicos de los programas de facturación— se retrasa un año. Las fechas quedan así:
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Empresas que tributan por Impuesto de Sociedades: obligadas a partir de enero de 2027.
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Autónomos y pymes no obligadas al IS: a partir de julio de 2027.
Hasta ahora, el calendario era 1 de enero y 1 de julio de 2026. Apenas un 8% de pymes y un 15% de autónomos habían iniciado la implantación del nuevo sistema, según el Observatorio TeamSystem, lo que hacía prever un aterrizaje complicado.
Aplazar era lógico. Como comenta Lorenzo Amor (ATA), “un alivio” y una muestra de “sentido común”.
Pero vamos a lo que realmente importa: ¿y la Ley Antifraude? ¿No era parte del mismo paquete?
Veri*Factu y Ley Antifraude NO son lo mismo
Aquí está la raíz de todas las confusiones que están circulando estos días:
Veri*Factu es un estándar técnico de futuro. La Ley Antifraude es una obligación presente.
Y conviene separar ambos conceptos porque no dependen uno del otro.
1. Veri*Factu (lo que se retrasa).
Es el nuevo reglamento que establece cómo deben generar, almacenar y enviar las facturas los programas informáticos.
Define formatos, protocolos y un modelo común para toda España.
Es un marco técnico.
No es obligatorio todavía.
2. Ley Antifraude (lo que ya está vigente desde 2021). La Ley 11/2021 exige que cualquier software de facturación:
- No permita modificar, borrar o manipular asientos ni facturas.
- Garantice integridad, trazabilidad e inalterabilidad de los datos.
- Implemente controles que eviten el “software de doble uso”.
- Y, por supuesto, cuente con una declaración responsable del desarrollador, certificando por escrito que cumple todos estos requisitos.
Esta obligación sí está en vigor hoy.
Y no depende de Veri*Factu.
Por tanto, aunque la obligatoriedad del Veri*Factu llegue en 2027, las empresas ya deben utilizar un software adaptado a la Ley Antifraude.
Un ejemplo rápido para entenderlo mejor
Imagina Veri*Factu como el “carnet de conducir digital del futuro”.
Todavía no te lo exigen.
Pero eso no te exime de llevar cinturón, frenar en rojo o tener el coche al día de ITV.
Pues lo mismo:
Veri*Factu se retrasa, pero la Ley Antifraude no.
¿Qué debe hacer una pyme o autónomo ahora?
Muy sencillo, pero importantísimo:
- Seguir utilizando (o implantar cuanto antes) un software con declaración responsable. Porque la Ley Antifraude no se ha movido ni un milímetro.
- Prepararse para Veri*Factu con calma y sin prisas innecesarias. 2027 está lejos, y este tiempo extra permite adaptar procesos, integrar sistemas y evitar “parches” acelerados.
- No confundir ambos conceptos.
- Ley Antifraude → Obligatoria hoy
- Veri*Factu → Obligatoria en 2027
Y aquí es donde podemos ayudarte desde OAX Software
En OAX Software llevamos años desarrollando soluciones que cumplen con la Ley Antifraude, con su declaración responsable correspondiente y con todas las garantías técnicas que exige la normativa.
Y lo hacemos sin enredos, sin letra pequeña y con un soporte que habla tu mismo idioma: el de la pyme y el autónomo que necesita soluciones prácticas, no manuales de 200 páginas.
Además, nuestros sistemas ya están preparados para la futura transición a Veri*Factu, para que en 2027 no tengas que reinventar tu forma de trabajar, sino simplemente avanzar un paso más.
¿Tienes dudas?
Normal. Casi todas las empresas las tienen ahora mismo.
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