Como suponemos que ya sabrás, y si no ya no tienes excusa, a finales de 2015 se publicó en el BOE una modificación que afectaba al IRPF a partir del 01/01/2016.
Recordamos ahora este hecho y los cambios que supone en el programa informático, puesto que hemos detectado que algunas empresas aún no han aplicado los nuevos tipos, y entendemos que con tanto cambio normativo se puede producir bastante lío.
Qué hay que tener en cuenta
La única retención modificada que hay que tener en cuenta a partir del 01/01/16 es la de alquileres. El resto de retenciones son las mismas que venían operando desde el último cambio sufrido en julio del año pasado.
RETENCIONES DE ARRENDAMIENTOS
De aplicación en alquileres de locales y oficinas sujetos a retención.
Retención IRPF: 19 % (antes 19.5%)
Como el cambio entró en vigor el 01/01/2016 los primeros recibos de alquiler con el tipo del 19% deberán ser los del mes de enero.
Cómo comproblarlo en Frutix ProV4
Comprueba que en la configuración de Frutix tengas bien reflejados estos cambios, para ello dirígete a Generales > Ajustes > TConfiguración Frutix > pestaña «Tributos y Contabilidad y asegúrate de tener los tipos tal como aparece en la imagen:
En el módulo contable Xconta también debes aplicar los nuevos cambios, por ello desde el menú principal haz clic en Maestros>Configuración>Pestaña 4.Tributos>IRPF y asegúrate de que los valores para las retenciones de alquiler estén como los de la figura siguiente: