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Retenciones del I.R.P.F. 2016, ¿las has configurado en tu software?

Como suponemos que ya sabrás, y si no ya no tienes excusa, a finales de 2015 se publicó en el BOE una modificación que afectaba al IRPF a partir del 01/01/2016.

Recordamos ahora este hecho y los cambios que supone en el programa informático, puesto que hemos detectado que algunas empresas aún no han aplicado los nuevos tipos, y entendemos que con tanto cambio normativo se puede producir bastante lío.

Qué hay que tener en cuenta

La única retención modificada que hay que tener en cuenta a  partir del 01/01/16 es la de alquileres. El resto de retenciones son las mismas que venían operando desde el último cambio sufrido en  julio del año pasado.

RETENCIONES DE ARRENDAMIENTOS

De aplicación en alquileres de locales y oficinas sujetos a retención.

Retención IRPF: 19 % (antes 19.5%)
Como el cambio entró en vigor el 01/01/2016 los primeros recibos de alquiler con el tipo del 19% deberán ser los del mes de enero.

Cómo comproblarlo en Frutix ProV4

Comprueba que en la configuración de Frutix tengas bien reflejados estos cambios, para ello dirígete a Generales > Ajustes > TConfiguración Frutix > pestaña «Tributos y Contabilidad y asegúrate de tener los tipos tal como aparece en la imagen:

 

En el módulo contable Xconta también debes aplicar los nuevos cambios, por ello desde el menú principal haz clic en Maestros>Configuración>Pestaña 4.Tributos>IRPF y asegúrate de que los valores para las retenciones de alquiler estén como los de la figura siguiente:

 

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